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Última actualización 29 de agosto de 2024

La Defensora de la Ciudadanía de la Caja de la Vivienda Popular

 

 

Es la persona encargada de llevar el diálogo entre la ciudadanía y la Caja de la Vivienda Popular, interviniendo en las acciones que impidan o deterioren el ejercicio de los derechos de los ciudadanos en su relación con la entidad.

El objetivo fundamental de su función es vigilar el ejercicio de las funciones administrativas de la Caja de la Vivienda Popular y proteger los derechos de los ciudadanos frente a la institución, buscando que el principio de igualdad se respete y que la administración pública se oriente de conformidad con la ley y la buena práctica administrativa.

 

 

 

 

Informes de gestión Defensora de la Ciudadanía

Nombre del Informe Fecha de Publicación Periodicidad
 Informe semestral de gestión de la Defensora de la Ciudadanía periodo enero 2024 a junio 2024 29-08-2024 Semestral

 Informe semestral de gestión de la Defensora de la Ciudadanía periodo junio 2023 a diciembre 2023

26-01-2024 Semestral

 Informe semestral de gestión de la Defensora de la Ciudadanía periodo enero 2023 a junio 2023

08-11-2023 Semestral

 Informe semestral de gestión de la Defensora de la Ciudadanía periodo julio 2020 a junio 2021

30-07-2021 Semestral

 Informe semestral de gestión de la Defensora de la Ciudadanía periodo julio 2021 a diciembre 2021

17-05-2023 Semestral

 Informe semestral de gestión de la Defensora de la Ciudadanía periodo enero 2022 a junio 2022

17-05-2023 Semestral

 Informe semestral de gestión de la Defensora de la Ciudadanía periodo julio 2022 a diciembre 2022

17-05-2023 Semestral

El Decreto 392 del 2015, reglamentó la figura del Defensor(a) de la Ciudadanía en las Entidades y organismos del Distrito Capital y en cumplimiento de esto, la Caja de la Vivienda Popular mediante la Resolución 4142 del 2015 implementó al interior de la Entidad, la Figura del Defensor(a) de la Ciudadanía, responsabilidad delegada en la Dirección de Gestión Corporativa en cabeza de la Doctora Martha Janeth Carreño Lizarazo.

En cumplimiento al Decreto 847 de 2019 “Por medio del cual se establecen y unifican lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y se dictan otras disposiciones”, la Caja de la Vivienda Popular emitió la  Resolución 1270 del 10 de marzo de 2021 mediante la cual se modificó el reglamento de la Defensor de la Ciudadanía.

Hoy, el Defensor ejerce las siguientes funciones:

1. Velar porque la entidad cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía.

2. Formular recomendaciones al Representante Legal de la entidad para facilitar la interacción entre la entidad y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración.

3. Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios, con base en el informe que sobre el particular elabore la Oficina de Servicio a la Ciudadanía o quien haga sus veces, e identificar las problemáticas que deban ser resueltas por la entidad.

4. Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía en general.

5. Promover la utilización de diferentes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de Información y Comunicaciones para mejorar la experiencia de los ciudadanos.

6. Elaborar y presentar los informes relacionados con las funciones del Defensor de la Ciudadanía que requiera la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y la Veeduría Distrital.

7. Las demás que se requieran para el ejercicio eficiente de las funciones asignadas…” 

 

MEDIOS Y/O CANALES DE SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

Presencial: Los trámites y servicios pueden ser solicitados en la sede ubicada en la Carrera 13 No 54 – 13 de lunes a viernes en el horario de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. en jornada continua.

Telefónico: La ciudadanía y grupos de interés, podrán ser atendidos, comunicándose a las siguientes líneas telefónicas: Teléfono: (601) 3494520, extensiones 160,161,162,163,164,165 y 440, y la Línea Celular Servicio al Ciudadano 3186127251 y Línea anticorrupción: 195 Opción 1.

►Canales para interponer PQRSD Los canales dispuestos por la entidad para la recepción de las peticiones son los siguientes:

►Canal Electrónico - Portal Bogotá: www.bogota.gov.co/sdqs/ - (dar clic en el enlace “Crear Petición”, “Consultar Petición” o “Descargar Formulario” según sea el caso).

Correos electrónicos: soluciones@cajaviviendapopular.gov.co   centralsdqs@alcaldiabogota.gov.co

Página web de la entidad: http://www.cajaviviendapopular.gov.co

Formulario de radicación en línea http://tramites.cajaviviendapopular.gov.co/cvp/index

►Canal Escrito: Las distintas peticiones formuladas por escrito pueden ser radicadas en la ventanilla única de correspondencia de la Caja de la Vivienda Popular ubicada en la Carrera 13 # 54 - 13, Primer Piso, punto de Atención de Servicio al Ciudadano, de lunes a viernes en el horario de 7:00 AM a 4:30 PM, jornada continua. - Las peticiones escitas también pueden ser radicadas en la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Carrera 8 No 10 - 65.

►Canal Presencial:  A través de cualquier Red CADE de la ciudad de Bogotá en el horario establecido o en la Carrera 13 # 54 - 13, Primer Piso, punto de Atención de Servicio al Ciudadano, de lunes a viernes en el horario de 7:00 AM a 4:30 PM, jornada continua.

►Canal Telefónico: Marcando gratuitamente a línea 195, línea de información del Distrito Capital y/o a la línea 3494520 extensiones 0, 160, 161, 163, 164 y 165. - Línea Celular Servicio al Ciudadano y WhatsApp 3186127251.

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