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Este Glosario ha sido construido y verificado por la Dirección General, los Directores Misionales, las oficinas de apoyo y los funcionarios y contratistas idóneos de cada programa y/o dependencia.
Esperamos que sea de gran utilidad para todos.
A
Acabados o elementos no estructurales: Partes y componentes de una edificación que no pertenecen a la estructura o a su cimentación. · Acción humana: modificación y/o alteración de los elementos naturales y construcciones para una finalidad concreta · Actividad desarrollada (componente funcional en relación con la economía, formas de vida, creencias, cultura, entre otros).
Acto administrativo o resolución: Decisión que toma la autoridad administrativa Afectación a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas, que trascienden, por lo tanto, los límites de los intereses privados de los habitantes.
Afectación a vivienda familiar vs. patrimonio de familia inembargable: Si bien en ambos mecanismos se busca la protección de la vivienda familiar, en el patrimonio de familia se protege el inmueble de la persecución por terceros distintos de la entidad que financió su adquisición, mientras que con la afectación a vivienda familiar además de lo anterior, se busca proteger al cónyuge o compañero permanente, que no sea propietario del inmueble, y a sus hijos, de los actos de disposición que respecto del inmueble pretenda realizar el cónyuge o compañero permanente propietario.
Alameda: Franja de circulación peatonal arborizada y dotada del respectivo mobiliario urbano.
Amenaza de Remoción en Masa: Es un proceso que ocurre en zonas de alto riesgo por la desestabilización de un gran volumen de tierra o suelo por efecto de la acción natural o antropica. Esto generalmente provoca grandes daños en cuanto a propiedades y vidas humanas.
Amenaza sísmica: Es el valor esperado de futuras acciones sísmicas en el sitio de interés y se cuantifica en términos de una aceleración horizontal del terreno esperada, que tiene una probabilidad de excedencia dada en un lapso de tiempo predeterminado.
Ancho de vía: Medida transversal de una zona de uso público, para el tránsito de peatones y vehículos, compuesta por andenes, calzadas, ciclo rutas, separadores y demás elementos del espacio público.
Andén: Área lateral de una vía, destinada a la permanencia y al tránsito exclusivo de peatones.
Antejardín: Área libre de propiedad privada, perteneciente al espacio público, comprendida entre la línea de demarcación de la vía y el paramento de construcción, sobre la cual no se admite ningún tipo de edificación, a excepción de los voladizos permitidos por las normas específicas.
Área bruta: Corresponde al área total del globo de terreno por desarrollar.
Área construida: Parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos. Excluye azoteas, áreas duras sin cubrir o techar, áreas de las instalaciones mecánicas y puntos fijos, el área de los estacionamientos y equipamientos comunales ubicada en un piso como máximo, así como el área de los estacionamientos ubicados en semisótanos y sótanos.
Área de Actividad Comercio y Servicios: Suelo apto para la localización de establecimientos que ofrecen bienes y servicios a empresas y personas.
Área de Actividad Industrial: Suelo apto para la localización de establecimientos dedicados a la producción, elaboración, fabricación, preparación, recuperación, reproducción. Área de Actividad Residencial: Suelo destinado a la habitación y alojamiento permanente de las personas.
Área de Actividad Rotacional: Suelo apto para la localización de los equipamientos colectivos, los servicios urbanos básicos, parques y equipamientos deportivos y recreativos, necesarios para la vida urbana y para garantizar la recreación y esparcimiento de la población.
Área de Actividad: Destinación asignada a zonas del suelo urbano, que determina los usos del suelo en función de la estructura urbana propuesta por el modelo territorial.
Área de Desarrollo de Sectores Urbanos Especiales: Suelo reservado para el desarrollo de equipamientos colectivos, recreativos, deportivos, parques y servicios urbanos básicos.
Área neta urbanizable: Área resultante de descontar del área bruta de un terreno que se va a urbanizar, las áreas afectadas por la malla vial arterial principal y complementaria, por el sistema de transporte y por los elementos pertenecientes al suelo de protección, que incluye la estructura ecológica principal.
Área sin desarrollar: Terrenos no urbanizados, ni edificados, localizados en suelo urbano y de expansión, comprendidos dentro de los límites del Distrito Capital.
Área Urbana Integral: Suelo urbano y/o de expansión, destinado a proyectos urbanísticos que combinen zonas de vivienda, comercio y servicios, industria y dotacionales, en concordancia con el modelo de ordenamiento territorial.
Área útil: Área resultante de restarle al área neta urbanizable, el área correspondiente a la malla vial intermedia, local, franjas de control ambiental de las vías de la malla vial arterial y las zonas de cesión para parques y equipamientos comunales públicos (anteriormente denominados cesiones tipo A).
Áreas desarrolladas: Terrenos urbanizados, edificados o no, localizados dentro del perímetro urbano.
Avaluó Comercial: Valor que un comprador y un vendedor estarían dispuestos a pagar y recibir de contado, respectivamente por una propiedad, de acuerdo a sus características generales de localización y áreas.
B
Barrio: Área de suelo urbano caracterizada por tener un denominador común que puede ser: arquitectónico, topográfico o social. Su origen puede ser debido a una decisión administrativa, una iniciativa urbanística o simplemente a un sentido común de pertenencia de sus habitantes basado en la proximidad. Es el barrio el lugar donde se desarrolla la vida cotidiana de una gran parte de la población, es donde la política urbana debe actuar favoreciendo la cohesión social y la integración cultural.
Bien inmueble: Son las cosas corporales que no pueden trasladarse de un lugar a otro; como las tierras, edificios y minas.
Boletín de Nomenclatura: Es un documento que contiene la información básica de un predio respecto a sus aspectos Jurídico físico económico. Incluye la nomenclatura oficial, direcciones secundarias y las direcciones anteriores. Como información adicional cuenta con los avalúos catastrales de los últimos cinco (5) años, este documento lo expide la oficina de catastro de cada municipio.
C
Calzada: Zona de la vía, destinada a la circulación de vehículos automotores.
Construcción en sitio propio: Es el proceso por medio del cual se construye una solución habitacional en un lote urbanizado, terraza y/o lote construido con remanentes edificables, siempre que los mismos se encuentren dentro de un desarrollo legal y sean total o parcialmente de su propiedad o posesión.
Construcción sismo resistente: Es el tipo de construcción capaz de resistir, además de las fuerzas que le impone su uso, temblores de poca intensidad sin daño, temblores moderados sin daño estructural, pero posiblemente con algún daño en elementos no estructurales y un temblor fuerte con daños a elementos estructurales y no estructurales, pero sin colapso.
Cuenta de Ahorro Programado: En la que los depósitos son destinados para adquirir el subsidio familiar de vivienda, el cual se constituye en un complemento del ahorro que se otorga solo una vez para la adquisición o construcción de una vivienda nueva de interés social.
D
Declaratoria de propiedad pública sobre las zonas de cesión: Es un acto unilateral de la administración, en el cual, con fundamento en los documentos aprobatorios de un proyecto urbanístico (planos y resoluciones), declara a favor del Distrito Capital la propiedad de las zonas de cesión obligatorias gratuitas.
Demanda: Presentación escrita que se realiza ante un juzgado o tribunal dirigida a otra persona y que da inicio formal a los procesos. Demás servicios básicos, inherentes a la actividad que se va a desarrollar y apto para construir, de conformidad con los reglamentos legales vigentes en la materia.
Desenglobe: Procedimiento mediante el cual se divide un inmueble en dos o más predios.
Diseño arquitectónico: Todo lo relacionado con la proyección y la construcción de edificios y obras de ingeniería, ambientación y decoración de edificios, parques y jardines, y elementos urbanos.
DMB: Dirección de Mejoramiento de Barrios.
DMV: Dirección de Mejoramiento de Vivienda.
Donación: Es un acto mediante el cual una persona natural o jurídica titular del dominio transfiere gratuitamente un bien mueble o inmueble a otra persona natural o jurídica que lo acepta.
DPAE: Dirección de Prevención y Atención de Emergencias
E
E y D: Estudios y Diseños.
Edificabilidad: Potencial constructivo de un predio, en función de la correcta aplicación de los índices de construcción y ocupación y demás normas volumétricas, establecidos por la norma urbanística vigente. · El sustrato natural: (orografía, suelo, vegetación, agua, entre otros) Ensamblaje, construcción, reparación, transformación, tratamiento y manipulación de materias primas, para producir bienes.
Equipamiento público: Espacio o edificio destinado a proveer a los ciudadanos de los servicios sociales de carácter formativo, cultural, de salud, deportivo recreativo y de bienestar social y a prestar apoyo funcional a la administración pública y a los servicios urbanos básicos de la ciudad.
Escrituración de zonas de cesión: Es el proceso mediante el cual el urbanizador responsable y/o propietario de un proyecto urbanístico, transfiere a título de cesión gratuita a favor del Distrito Capital – Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, la propiedad de las zonas de cesión obligatorias gratuitas de conformidad con los planos y resoluciones aprobadas para el respectivo proyecto urbanístico o desarrollo legalizado, por la autoridad urbanística correspondiente.
Espacio público construido: Conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, uso o Espacio público, en cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen o complementen y en las leyes y demás disposiciones que expida el Gobierno Nacional.
Espacio público: Lugar donde cualquier persona tiene el derecho de circular, en oposición a los espacios privados, donde el paso puede ser restringido, generalmente por criterios de propiedad privada, reserva gubernamental u otros. Por tanto, espacio público es aquel espacio de propiedad pública, dominio y uso público.
Estructura: Es un ensamblaje de elementos diseñado para soportar las cargas gravitacionales y resistir las fuerzas horizontales.
Estudio de Títulos: Es el estudio que realiza directamente la entidad sobre los derechos que ostenta la familia sobre el inmueble que habita o habitaba declarado en Alto Riesgo No Mitigable, éste estudio es realizado sobre los documentos aportados por la familia dependiendo si su condición es de propietario o poseedor.
G
Georreferenciación: Neologismo que se refiere al posicionamiento con el que se define la localización de un objeto espacial (representado mediante punto, vector, área, volumen) en un sistema de coordenadas y datum determinado. Este proceso es utilizado frecuentemente en los Sistemas de Información Geográfica.4 Aplicada a la existencia de las cosas en un espacio físico, mediante el establecimiento de relaciones entre las imágenes de raster o vector sobre una proyección geográfica o sistema de coordenadas. Es el posicionamiento de un objeto espacial que puede estar representado mediante puntos, líneas o polígonos.
H
Hábitat: Ambiente que ocupa una población biológica . Es el espacio que reúne las condiciones adecuadas para que la especie pueda residir y reproducirse, perpetuando su presencia. Un hábitat queda así descrito por los rasgos que lo definen ecológicamente, distinguiéndolo de otros hábitats en los que las mismas especies no podrían encontrar acomodo.
I
I.D.U: Instituto de Desarrollo Urbano.
Identificación de Predios: Proceso mediante el cual se ubica un predio tanto físicamente por la dirección, cédula catastral, código de sector y chip como cartográficamente en planos o manzanas.
IDPAC: Instituto de Participación y Acción Comunal.
Intersección vial: Solución vial, tanto a nivel como a desnivel, que busca racionalizar y articular correctamente los flujos vehiculares del sistema vial, con el fin de incrementar la capacidad vehicular, disminuir los tiempos de viaje y reducir la accidentalidad, la congestión vehicular y el costo de operación de los vehículos.
Interventor: Es el profesional, ingeniero civil o arquitecto, que representa al propietario durante la construcción de la edificación, bajo cuya responsabilidad se verifica que ésta se adelante de acuerdo con todas las reglamentaciones correspondientes, siguiendo los planos, diseños y especificaciones realizados por los diseñadores.
L
Legalización Urbanística: Proceso por medio del cual la secretaría de planeación conjuntamente con las empresas de servicios públicos contempla el reconocimiento, aprobación de planos, normas urbanísticas y acciones de mejoramiento para un desarrollo.
Licencia de Construcción: Acto Administrativo por medio del cual se concede a solicitud del interesado, la autorización para adelantar la construcción de una edificación.
Licencia urbanística: Es la autorización previa, expedida por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, para adelantar obras de urbanización, parcelación, loteo o subdivisión de predios; de construcción, ampliación, adecuación, reforzamiento estructural, modificación, demolición de edificaciones, y para la intervención y ocupación de los bienes de dominio público se caracterizan por su condición de inalienables e imprescriptibles, en cuanto están sustraídos del comercio y no son susceptibles de propiedad privada su aprovechamiento pertenece a todos los habitantes del país. Los derechos reales de dominio o posesión, que se trazarán en el valor que para los inmuebles o mejoras fije el avalúo comercial especial que se practique para el efecto, de conformidad con las normas legales que regulen esta materia. Los deslizamientos de tierra se ven agravados por las actividades humanas, como son: la deforestación, el cultivo y la construcción, que desestabilizan las laderas.
M
Mediación: Mecanismo mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por sí mismas, con la ayuda de un tercero imparcial.
Mejoramiento de condiciones de habitabilidad: Es el proceso mediante el cual se realizan obras tendientes a mejorar las condiciones de habitabilidad y salubridad tales como iluminación, ventilación, protección contra la intemperie y saneamiento básico y en general de todos aquellos elementos cuya deficiencia podría afectar la salud física de sus habitantes.
Mejoramiento estructural de vivienda: Es el proceso mediante el cual se soluciona total o parcialmente las carencias constructivas de tipo estructural de una vivienda, en cumplimento de la norma de Construcciones Sismo Resistentes.
Mejoras: Es la edificación, plantación o siembra que una persona hace en un bien inmueble que no es de su propiedad (Artículo 739 del Código Civil). Dicha conducta, es llevada a cabo por alguien que tiene ánimo de señor y dueño sobre un determinado predio (Artículo 762 C.C.). Tal ánimo consiste en la convicción psicológica que tiene una persona, llamada poseedor, de sentirse dueña de un bien que jurídicamente no es suyo. Entonces, en virtud de esa convicción realiza actividades como la de hacer obras sobre el inmueble, entre otras.
Microzonificación sísmica: División de una región o de un área urbana en zonas más pequeñas, que presentan un cierto grado de similitud en la forma como se ven afectadas por los movimientos sísmicos, dadas las características de los estratos de suelo subyacente.
O
Ocupación: Es un modo de adquirir el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie o dueño aparente o conocido, por medio del cual una persona ejerce los actos de señor y dueño sobre inmuebles o predios de forma pacífica e ininterrumpida.
Oferente de proyectos de vivienda: Persona natural o jurídica, pública o privada o patrimonio autónomo administrado por una sociedad fiduciaria, legalmente habilitado por la CVP, para establecer vínculo jurídico con los hogares con el fin de que puedan construir o mejorar la vivienda. Como también, las sedes de las diferentes entidades administrativas del estado, representaciones diplomáticas, sedes de organismos internacionales, oficinas de entidades administradoras de servicios públicos y administraciones locales.
P
Paisaje Cultural: Paisaje modificado por la presencia y actividad del hombre (Cultivos, diques, ciudades, entre otros). Se entiende por paisaje cultural el resultado de la acción del desarrollo de actividades humanas en un territorio concreto, cuyos componentes identificativos son: Paisaje natural: Conjunto de caracteres físicos visibles de un lugar que no ha sido modificado por el hombre. Paisaje Urbano: Conjunto de elementos plásticos que componen una ciudad: Colinas, ríos, edificios, calles, plazas, arboles, iluminación, anuncios, semáforos.
PAR- Predio en Alto Riesgo No Mitigable: Es el predio ubicado en un terreno que por sus condiciones tanto naturales como entrópicas son susceptibles de presentar problemas de remoción en masa y ha sido clasificados como predios ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable e identificados y priorizados por la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias DPAE, para tramitar la inclusión de la familia habitante de dicho predio en el Programa de Reasentamientos.
Paramento: Plano vertical que delimita la fachada de un inmueble, sobre un área pública o privada.
Plaza: Espacio abierto tratado como zona dura, destinado al ejercicio de actividades de convivencia ciudadana.
Poder: Es un acto de la voluntad por medio del cual se confiere la representación.
Poseedor: Miembro o miembros de un hogar que ejerce la tenencia de un inmueble privado de forma regular, con ánimo de señor y dueño justo titulo y buena fe, de conformidad con los artículos 762 y 7654 del código civil.
Predio: Inmueble deslindado de las propiedades vecinas, con acceso a una o más zonas de uso público o comunal, el cual debe estar debidamente alinderado e identificado con su respectivo folio de matrícula inmobiliaria y su cédula catastral.
Pre-Viabilizar: A partir de los proyectos territorializados, se buscan entre estos aquellos que cumplan con las condiciones mínimas necesarias frente a los requerimientos del Distrito para la ejecución de proyectos de intervención física a escala barrial de tal modo que sea posible su transición a la fase de Estudios y Diseños, en donde
Priorización: Es la efectuada por la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias - DPAE, que corresponde a los niveles de riesgo y atención de las familias ubicadas en las Zonas de Alto Riesgo No Mitigable, clasificados como prioridad 1: Viviendas afectadas por emergencia con pérdida parcial o total de las viviendas ó prioridad 2: Viviendas afectadas por movimientos de remoción en masa activos, avalanchas e inundaciones frecuentes, con o sin antecedentes históricos y sin posibilidad de realizar obras.
Proceso: Es un conjunto de actos unidos entre sí, desarrollados por las partes y el órgano jurisdiccional, dirigidos a obtener una decisión que actualice o reconozca el derecho.
Propietario: Es la persona natural o jurídica que ejerce el dominio de un inmueble privado de conformidad con el artículo 669 del código civil.
R
Reasentamiento: Programa de acciones y actividades, encaminado a lograr el traslado de las familias de estratos 1 y 2, que se encuentran asentadas en zonas declaradas de alto riesgo no mitigable por deslizamiento o inundación, en zonas objeto de intervención por obra pública o en aquellas que se requieran para cualquier intervención de reordenamiento territorial.
Reconocimiento: Es la actuación por medio de la cual el curador urbano con la autoridad competente declara la existencia de los desarrollos arquitectónicos finalizados antes del 27 de junio de 2003 que no cuentan con licencia de construcción. Por medio del acto de reconocimiento se establecen, si es del caso, las obligaciones para la adecuación de la edificación a las normas de sismo-resistencia que le sean aplicables.
Red de Ciclo Rutas: Conformado por redes funcionalmente integradas, que cubren la mayor parte del territorio urbano y de expansión.
Red de Troncales: Rutas con vehículos de transporte público de alta capacidad, sobre carriles preferenciales. Estas rutas serán complementadas mediante rutas alimentadoras con vehículos de menor capacidad.
Relocalización Transitoria: Se entiende por relocalización transitoria el periodo que permanece en una vivienda temporal bajo contrato de arrendamiento una familia que ha sido evacuada por la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias DPAE. Para efectos de lo anterior la Caja de Vivienda Popular asignará los recursos que contribuyan a la familia a su ubicación temporal hasta por 0.5 SMMLV. El primer mes de relocalización transitoria es cancelado por la DPAE; a partir del segundo mes y máximo por doce (12) meses la relocalización es asumida por la Caja de Vivienda Popular. Retroceso: Aislamiento de las edificaciones, con respecto al frente del lote que se levanta hacia espacio público.
S
Sardinel: Elemento que separa una calzada del andén o del separador de una vía.
SDA: Secretaría Distrital de Ambiente.
SDHT: Secretaria Distrital del Hábitat.
SDP: Secretaría Distrital de Planeación.
SDV- Subsidio Distrital de Vivienda: Aporte en dinero o en especie que hace el Distrito a un hogar, para complementar los recursos propios y lograr el cierre financiero que le permite arrendar, adquirir, construir o mejorar una solución de vivienda.
Sección vial o sección transversal: Representación gráfica de una vía, que esquematiza, en el sentido perpendicular al eje, sus componentes estructurales, tales como andenes, calzadas, ciclo vías, o ciclo rutas, separadores, zonas verdes, y aquellos que conforman su amoblamiento.
Sentencia: Fallo dictado por un juez o tribunal que pone fin a un proceso judicial.
Separador: Franja de una vía, dispuesta en forma longitudinal y paralela al eje de la misma, que separa y canaliza flujos de circulación. Pueden ser centrales y laterales o intermedios.
Servicios de la Administración Pública: Corresponde a las áreas, edificaciones e instalaciones dedicadas a las actividades administrativas de todos los niveles. Agrupa, entre Servicios urbanos básicos: Agrupa los equipamientos destinados a la prestación de servicios y atención a los ciudadanos, en relación con las actividades de carácter administrativo o de gestión de la ciudad y los destinados a su mantenimiento. Se clasifican en los siguientes subgrupos: seguridad ciudadana, defensa y justicia, abastecimiento de alimentos y consumo, recintos feriales, cementerios y servicios funerarios, servicios de la administración pública y servicios de telecomunicaciones.
SFV-Subsidio Familiar de Vivienda: Aporte en dinero que hace el Gobierno Nacional a un hogar para adquirir, construir o mejorar una solución de vivienda.
SIG: Sistema de Información Geográfico.
Sismo, temblor o terremoto: Vibraciones de la corteza terrestre inducidas por el paso de ondas sísmicas provenientes de un lugar o zona donde han ocurrido movimientos súbitos de la corteza terrestre.
Sistema de Agrupación: Se aplica a proyectos urbanísticos, con condiciones de organización espacial que permiten producir unidades prediales privadas, tanto de lotes como de edificaciones, que pueden tener diversas formas de propiedad común, tales como la propiedad horizontal y la copropiedad.
Sistema de Loteo Individual: Se aplica a proyectos urbanísticos con condiciones de organización espacial, que permiten producir unidades prediales privadas, vinculadas directamente al espacio público.
Sistema de resistencia sísmica: Es aquella parte de la estructura que según el diseño, aporta la resistencia requerida para soportar los movimientos sísmicos de diseño.
Sub. - Sistema Tren de Cercanías: Sistema de transporte en vía fija y exclusiva, comprendido por el corredor férreo existente, que comunica al Distrito Capital con los municipios vecinos.
Sub. - Sistema Vial: Constituido por una estructura primaria básica, que actúa como soporte funcional metropolitano y regional, y una estructura secundaria, que garantiza la funcionalidad de la ciudad a escala zonal y vecinal.
Suelo de Expansión Urbana: Constituido por la porción del territorio Distrital, que se habilitará para el uso urbano durante la vigencia del presente Plan de Ordenamiento Territorial, según lo determinen los programas de ejecución. Este territorio sólo podrá incorporarse al perímetro urbano, mediante planes parciales.
Suelo de Protección: Zonas y áreas de terrenos que por sus características geográficas, paisajísticas o ambientales, o por formar parte de las zonas de utilidad pública para la ubicación de infraestructuras de servicios públicos domiciliarios o de las áreas de amenazas y riesgos no mitigables para la localización de asentamientos humanos, tienen restringida la posibilidad de urbanizarse.
Suelo Rural: Constituido por los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y actividades análogas.
Suelo Urbano: Constituido por las áreas del territorio Distrital destinadas a usos urbanos en el presente plan, que cuentan con infraestructura vial, redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado, posibilitándose su urbanización y edificación, según sea el caso. Pertenecen a esta categoría, aquellas zonas con procesos de urbanización incompletos, comprendidas en áreas consolidadas con edificación, al igual que las áreas del suelo de expansión que sean incorporadas.
Supervisión técnica: Verificación de la sujeción de la construcción a los planos, diseños y especificaciones realizadas por el diseñador. La supervisión técnica puede ser realizada por el interventor, cuando a voluntad del propietario se contrate una interventoria de la construcción.
T
Territorializar: Abordar un proceso de identificación, definición y producción de un espacio referido por la SDHT de manera puntual ó creado a partir de los espacios estratégicos generados por la SDHT desde un sentido geográfico.
Título: Justificación del ejercicio de un derecho o de la posesión de un bien.
Tratamiento de Conservación: Tratamiento orientado a proteger el patrimonio construido de la ciudad, para asegurar su preservación, involucrándolo a la dinámica y a las exigencias del desarrollo urbano, para que sea posible su disfrute como bien de interés cultural y permanezca como símbolo de identidad para sus habitantes.
Tratamiento de Consolidación: Tratamiento que regula la transformación de las estructuras urbanas de la ciudad desarrollada, garantizando coherencia entre la intensidad del uso del suelo y el sistema de espacio público existente o planeado.
Tratamiento de Desarrollo: Tratamiento que se aplica a los terrenos urbanizables no urbanizados, localizados en suelo urbano o de expansión, con la dotación de infraestructuras, equipamientos y la generación de espacio público.
Tratamiento de Renovación Urbana: Tratamiento que busca la transformación de zonas desarrolladas de la ciudad, que tienen condiciones de subutilización de las estructuras físicas existentes, para aprovechar al máximo su potencial de desarrollo. Estas zonas se encuentran en una de las siguientes situaciones: 1) Deterioro ambiental, físico, o social, conflicto funcional interno o con el sector inmediato; 2) Potencial estratégico de desarrollo, de conformidad con el modelo de ordenamiento adoptado por este Plan.
Tratamientos: Orientan las intervenciones que se pueden realizar en el territorio, el espacio público y las edificaciones, mediante respuestas diferenciadas para cada condición existente, como resultado de la valoración de las características físicas de cada zona y su función en el modelo territorial, con los propósitos de consolidar, mantener, revitalizar, mejorar y generar espacios adecuados para el desenvolvimiento de las funciones de la ciudad.
U
UMV: Unidad de Mantenimiento Vial. Un reconocimiento adicional por vulnerabilidad económica, el cual se pagará únicamente cuando el inmueble y/o las mejoras de propiedad de las familias localizadas en zona de alto riesgo no mitigable, hayan sido avaluados por un valor inferior a 50 SMMLV.
Unidad básica: Edificación en lote urbanizado que incluye: espacio múltiple, cocina con mesón y lavaplatos, como mínimo una alcoba, baño con sanitario, lavamanos, ducha, lavadero, y que posibilita la incorporación de nuevos espacios para su desarrollo progresivo.
Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ): Unidades territoriales de análisis, planeamiento y gestión que tienen como propósito definir y precisar el planeamiento del suelo urbano y de expansión.
UPZ: Unidad de Planeación Zonal. Zona urbana que comprende más de un barrio.
Urbanización: Resultado del proceso mediante el cual, un terreno bruto es dotado de servicios de infraestructura, dividido en áreas destinadas al uso privado y comunal y a lo
Uso Residencial: Zona que se caracteriza por tener construcciones destinadas al alojamiento humano en forma permanente.
Uso: Destinación asignada al suelo, de conformidad con las actividades que en él se pueden desarrollar. Ejemplo: Residencial, comercial, industrial.
V
Vía arterial: Vía principal, destinada al servicio de tráficos de larga y media distancia.
Vía intermedia: Constituida por una serie de tramos viales que permean la retícula que conforma la malla arterial principal, sirviendo como alternativa de circulación. Está conformada por vías que enmarcan sectores de 25 hectáreas aproximadamente.
Vía local: Vía cuya función primordial es la de brindar accesibilidad a predios y soportar tráficos de corta distancia.
Vía longitudinal: Vía cuya orientación predominante es norte- sur.
Vía regional: Vía que soporta flujos de transporte nacional y regional.
Vía transversal: Vía cuya orientación predominante es oriente - occidente.
Viabilidad Integral de la Alternativa Habitacional de Reposición: Es el conjunto de documentos que contienen los informes técnico, jurídico y económico, que soportan la viabilidad para la adquisición de la vivienda de reposición, libremente seleccionada por los beneficiarios del programa de reasentamientos.
Vivienda de Interés Social (VIS): Aquella que se desarrolla para garantizar el derecho a la vivienda a los hogares de menores ingresos. Es aquella vivienda dirigida a las personas menos favorecidas y las cuales devengan menos de cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes; el valor máximo de la vivienda de interés social (VIS) será de 135 SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente), es decir, $69.525.000 con base en el SMLMV de 2010.
Vivienda: Espacio independiente y separado habitado o destinado a ser habitado por una o más personas. Por ejemplo: casas, apartamentos, cuartos en inquilinato otro tipo de estructura, etc.
Vulnerabilidad: Grado de pérdida de un elemento o conjunto de elementos en riesgo, como resultado de la ocurrencia de un fenómeno natural o de origen inotrópico no intencional. Se expresa en la escala de cero (ningún daño) a uno (pérdida total).
VUR – Valor Único de Reconocimiento: Es el instrumento económico que posibilita el reasentamiento de familias de estratos 1 y 2 que habitan predios ubicados en áreas declaradas como de Alto Riesgo No Mitigable, con el fin de garantizar su inclusión en los programas de vivienda del Distrito. Esta compuesto por los siguientes factores: Zonas de Manejo y Preservacion Ambiental`.
Z
Zonas de Manejo y Preservación Ambiental: Son aéreas o extensiones de terrenos en pequeña o gran extensión en las cuales no se pueden realizar ningún tipo de obras ni atacar a la naturaleza, estas zonas están controladas por la legislación Colombiana.
COMPONENTE SOCIAL PROGRAMA URBANIZACIONES Y TITULACION.
Caracterización: Es la identificación de la población con sus formas de ser y de vivir en familia, en colectivo y con sus propiedades; que teniendo en cuenta el alto nivel de vulnerabilidad le permite al Estado conocerla y reconocerla para servir cada vez con mayor calidad y, encontrar soluciones a sus problemáticas para el mejoramiento de las condiciones de vida de los usuarios participantes de los procesos. Se lleva a cabo mediante la estrategia de visita domiciliaria y la aplicación del instructivo de caracterización.
Componente Social: Equipo de profesionales sociales que trabaja y contribuye en la planeación, administración y desarrollo de los procesos, a través de actividades que elevan los niveles de motivación, productividad, bienestar y calidad de todos los actores involucrados en los procesos, tanto en el nivel interno como el externo. La esencia del trabajo desarrollado por el componente social son las personas, quienes son la base sobre la cual funciona toda estructura organizacional, sin cuya armoniosa combinación de conocimientos, experiencias y habilidades, el engranaje con todos los demás componentes (técnico, jurídico y financiero) de la Dirección, nunca alcanzarían los resultados propuestos.
Conversatorio: Es un espacio limitado, que a través del diálogo constructivo entre los funcionarios y contratistas del Programa de Urbanizaciones y Titulación con los líderes de las JAC y organizaciones, se hace intercambio de ideas, saberes y experiencias acerca de los Desarrollos y los procesos de titulación de predios, con el fin además, de convocar a las comunidades.
Corresponsabilidad: Es entendida, como la contribución significativa en el logro de los objetivos trazados por las personas, grupos o comunidades a la que se pertenece, en conjunto con todos los miembros partícipes de los procesos de titulación. En los usuarios del Programa ó comunidad beneficiada, el sentido de la participación consiste en el compromiso, responsabilidad y colaboración en el desarrollo del procesos de urbanizaciones y titulación en las distintas etapas y en el cumplimiento de los requerimientos, concertando y negociando, entre los distintos actores interesados, fortaleciendo verdaderos grupos poblacionales para la construcción de ciudades sostenibles en el tiempo. Compartir con el Estado la responsabilidad solidaria en la cohesión social, en superar el papel de simples beneficiarios de las medidas gubernamentales.
Cultura del Hábitat: Se entiende como Cultura del Hábitat, el conjunto de prácticas significativas relacionadas con el manejo individual y colectivo del hábitat. En este caso el hábitat residencia y barrial
Encuentro: Es una reunión con la comunidad para sensibilizar, informar y capacitar en el proceso de titulación de predios y acordar entre las partes el desarrollo del mismo. Se denomina: “FORTALECIMIENTO DEL LIDERAZGO, LA CORRESPONSABILIDAD Y LA CULTURA DEL HÁBITAT A LAS COMUNIDADES EN EL PROCESO DE TITULACIÓN Y ESCRITURACIÓN DE PROYECTOS CONSTRUCTIVOS DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR”
Hábitat: Es el territorio y conjunto de atributos que lo cualifican, donde se localiza y vive el ser humano. Permite el desarrollo armónico, contribuye a mejorar la calidad de vida, la productividad de la ciudad, la inclusión social de toda la población y el reconocimiento de la identidad individual y colectiva.
Liderazgo: Es la capacidad que tiene el individuo para idear, planear, organizar, dirigir, guiar, a través de una dinámica participativa en el proceso de titulación de predios, influyendo positivamente en las otras personas e incentivarlas para que trabajen de manera entusiasta en la obtención de una meta en común.
Metodología participativa: La participación como eje metodológico, se reconoce como uno de los ejes centrales de cambio en la dinámica de producción social del hábitat. Teniendo en cuenta que la capacidad de participación se adquiere, no se nace con ella y que es una actitud de aprendizaje, hace necesariamente imprescindible enseñar a participar a las personas en la elaboración del planeamiento, del diseño, en la toma de decisiones y en la ejecución de las acciones de los procesos de titulación de predios. En este sentido la participación se entiende como la colaboración de personas que persiguen objetivos establecidos por ellos mismos y los caminos para llegar a ellos.
Pedagogía constructivista: La pedagogía aplicada en los Encuentros, se inspira en una concepción constructivista del proceso enseñanza – aprendizaje, que se sustenta en la idea, que la finalidad de la educación es promover procesos de crecimiento personal del aprehendiente, en el marco de la cultura del grupo al que pertenece. Considera esta corriente, que debemos enseñar a pensar y actuar sobre contenidos significativos y contextuados, donde el aprendiente gestiones su propio aprendizaje y ejerza la autonomía necesaria para aplicar apropiadamente diversas herramientas de estudio y aprendizaje en cualquier momento de su vida. Para ello fomentará la creatividad y la productividad de cada individuo para el trabajo colectivo, el cual construye confianza entre los distintos actores de este acto.
Servicio de remisión a Redes Sociales del Distrito: Identificación de personas en condiciones especiales, beneficiarias de los procesos de titulación de predios, favoreciendo el acceso a la información y al mercado de los servicios, en distintos aspectos, como son: salud, educación, justicia, entre otros; teniendo en cuenta que, el esquema de las redes sociales aplicado a los procesos de desarrollo, no sólo ha mostrado el potencial que tienen los distintos niveles de organización institucional, sino que han puesto en evidencia el papel transformador de la comunicación y de la información, fundamentales en el esfuerzo de democratización de la gestión estatal, la modernización del estado y la construcción del capital social en la sociedad civil. Este ejercicio se lleva a cabo en la visita domiciliaria, junto con la aplicación del instructivo de caracterización de la población.
Vivienda digna: Se considera vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en: construcción, habitabilidad, y salubridad, que cuente con los servicios básicos y rinda a sus ocupantes seguridad jurídica, en cuanto a su propiedad o legítima posesión, así como la protección física ante los elementos naturales agresivos. La Dignidad, Es un atributo exclusivo del ser humano, designa autonomía y vida con sentido. Parte de reconocer a la persona como sujeto de derechos y deberes. = vivienda Propia.
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